Descripción y Justificación:
Establece Organización Administrativa de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) del Ministerio de Educación Pública (MEP)
Decreto Ejecutivo Nº 35513-MEP
SECCIÓN III
Consejo Asesor Regional
Artículo 43.-El Consejo Asesor Regional es el órgano responsable de mantener la visión de conjunto y de largo plazo de la Dirección Regional de Educación. Le corresponde coordinar y articular el funcionamiento de la Dirección Regional de Educación y promover el trabajo en equipo.
Artículo 44.-El Consejo Asesor Regional estará integrado por el Director o la Directora Regional de Educación, quien lo presidirá, el Jefe del Departamento de Asesoría Pedagógica, el Jefe del Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, y un representante de los Supervisores de Centros Educativos elegido en el seno del Consejo de Supervisión de Centros Educativos. A solicitud del Director o la Directora Regional, el asesor legal podrá participar en las sesiones en las en que sea requerido, exclusivamente para brindar asesoría jurídica y atender consultas sobre temas específicos.
Artículo 45.-El Consejo Asesor Regional se reunirá, de manera ordinaria, una vez por mes. Para efectos de control y seguimiento, el Director o la Directora Regional de Educación llevará un registro de actas de las reuniones realizadas, detallando en cada caso la agenda, los participantes y una breve referencia de los temas tratados, así como los acuerdos adoptados.
Artículo 46.-Al Consejo Asesor Regional le corresponden las siguientes funciones:
- Mantener un diagnóstico actualizado sobre el estado de la educación de la región, en todos los ciclos, niveles y modalidades.
- Colaborar en la formulación y actualización de planes y estrategias regionales, tanto anuales como plurianuales, para enfrentar los problemas identificados, brindando especial atención al mejoramiento de la calidad de la educación y la reducción de la deserción estudiantil.
- Colaborar con la formulación del Plan Anual Operativo (PAO) y el presupuesto anual correspondiente.
- Garantizar la formulación oportuna del Programa Regional de Supervisión y del Programa Regional de Asesoría Pedagógica, de acuerdo con lo establecido en el presente decreto, así como su consistencia con el Plan Anual Operativo (PAO).
- Promover la atención integral de los centros educativos con el fin de mejorar su capacidad de gestión académica y administrativa, mediante la programación de visitas colegiadas.
- Dar seguimiento y evaluar el quehacer de la Dirección Regional de Educación y sus dependencias.
Fuente: Decreto Ejecutivo Nº 35513-MEP.